La Junta emite informe de impacto ambiental positivo para la planta FV Solaria I de 30 Mw de Medina del Campo
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de Castilla y León, ha hecho hace público el informe de impacto ambiental del proyecto de una planta solar fotovoltaica “FV Solaria – Medina del Campo I” y su línea de evacuación, en el término municipal de Medina del Campo (Valladolid), promovido por “Planta FV 3, S.L”.
El proyecto evaluado consiste en la instalación de una planta solar fotovoltaica, que se localizará al noroeste del núcleo urbano de Medina del Campo. La planta tiene como objeto genera energía eléctrica de origen renovable para su incorporación a la red de distribución eléctrica.
La potencia total de la planta será de 30 MW, y contará con 89.424 módulos fotovoltaicos de 335 WP cada uno, 5 centros de transformación y 18 inversores. Para la evacuación de la energía se proyecta un tendido de 1.900 metros de línea subterránea de 30 kV, que conectará los centros de transformación del campo solar y una subestación proyectada de 30/45 kV. También será necesario un tendido de 2.150 metros de línea subterránea de 45 kV, para la interconexión entre la subestación proyectada del campo solar y la subestación de Iberdrola en Medina del Campo. La energía eléctrica producida en la planta se elevará a una tensión de 45 kV en una subestación de 30/45 kV que se construirá en la parcela donde se ubica la planta, desde donde partirá una línea de evacuación de alta tensión hasta una subestación existente propiedad de Iberdrola.
La superficie de las parcelas afectadas por el proyecto es de 92,47 ha, si bien la implantación se realiza en 58,23 ha.
Las instalaciones se ubican en suelo rústico común dentro del municipio de Medina del Campo. La planta solar está incluida en terrenos ocupados actualmente por la actividad agrícola, y únicamente existe una pequeña plantación joven de pino piñonero. La zona afectada por el proyecto está fuera de terrenos que integran la Red Natura 2000.
Al final de la vida útil de la planta, cuando el sistema de producción de energía deje de ser operativo o se paralice definitivamente su funcionamiento, deberá garantizarse el desmantelamiento de toda la instalación y edificaciones, retirarse todos los equipos, residuos y materiales sobrantes y procederse a la restauración e integración paisajística de toda el área afectada.