La figura del consumidor directo de electricidad se abre paso entre las pymes de Castilla y León

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La figura del consumidor directo de energía eléctrica comienza a desarrollarse en Castilla y León. Un sistema que puede repercutir en una disminución de entre el 15 y el 35% del precio de la electricidad en relación a del contrato con la comercializadora. La actual legislación en materia eléctrica permite que pequeñas y medianas empresas puedan acceder a la subasta diaria de energía del Mercado Ibérico de la Electricidad (Mibel) y así comprar directamente su energía sin necesidad de intermediarios.

Aunque no todas las empresas pueden llegar a ser consideradas como clientes cualificados con derecho a convertirse en consumidores directos. Algunas de estas empresas, las menos, gestionan la compra directamente con su propio personal y medios técnicos, aunque lo más habitual es dejar en manos de una consultora energética la gestión de la misma. Algunas de ellas como la leonesa Gerencia Energética han logrado ya un buen número de clientes como consumidores directos.

Para adecuarse a la demanda necesaria de energía de la empresa, la consultora especializada realizará un análisis detallado del consumo de la misma por días, franjas horarias, centros de producción, etc. Siempre en base a unas determinadas previsiones de consumo que aunque se superen o se produzca algún error de cálculo  nunca dejarán a la empresa sin consumo eléctrico.

La nueva legislación que separaba las tareas de distribución y comercialización eléctrica también creaba la figura de los Agentes  de  Mercado Representantes de Consumidores Directos, dados de alta en Red Eléctrica Española con un código otorgado por el Ministerio de Industria.

Para poder ser considerado como consumidor directo las instalaciones de estos consumidores deberán reunir los siguientes requisitos: que su titular sea una única persona física o jurídica; que los centros o unidades que constituyan la instalación estén unidos por líneas eléctricas propias y que la energía eléctrica se destine a su propio uso. La comunicación de inicio de la actividad de consumidor directo habrá que realizarla ante la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria.

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