Los consumidores de Castilla y León verán cómo cambia el nombre comercial de varias de sus compañías de luz y gas tras la decisión de la CNMC
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha aprobado una Decisión Jurídicamente Vinculante por la que obliga a varias sociedades de los principales grupos energéticos integrados a que cambien su imagen de marca para que los consumidores puedan identificar claramente a su compañía.
Esta medida va dirigida a las empresas distribuidoras de gas y electricidad (en el sector eléctrico, las de más de 100.000 clientes) y comercializadores de referencia y o de último recurso. El objetivo es evitar la confusión a los consumidores. Para ello, tendrán que realizar cambios en la información, presentación de marca e imagen de marca respecto a la filial del mismo grupo empresarial que comercializa en el mercado libre.
De esta forma, los consumidores podrán identificar correctamente en sus facturas qué comercializadora le ofrece el servicio y saber si están en el mercado libre o regulado, como exige la normativa europea. El plazo para realizar los cambios es de seis meses.
En la actualidad, un mismo grupo empresarial puede comercializar el gas y la electricidad a sus clientes a través de dos empresas distintas, que facturan diversos precios por la electricidad y el gas. Son las llamadas comercializadoras de referencia (comercializadores de último recurso en el sector gasista) para el suministro regulado o comercializadoras del mercado libre.
El cliente de la comercializadora de referencia paga un precio regulado por su consumo –el llamado PVPC en el sector eléctrico, TUR en el caso del sector gasista. Además, solo si está suscrito al PVPC, en el sector eléctrico, puede solicitar el bono social (descuentos de entre 25% y 40%) cuando tenga derecho a este descuento.
Por el contrario, cuando el cliente tiene su suministro con una comercializadora del mercado libre, paga el precio que libremente acuerde con la comercializadora por la energía consumida. Además, podrá contratar servicios adicionales, como seguros de mantenimiento, servicios de averías y otro tipo de vinculaciones con periodos de permanencia y penalizaciones, en algunos casos.